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martes, 11 de agosto de 2015

Buena Noticia! Hasta marzo de 2016 no habrá obligación de emitir facturas electrónicas.

Al conocerse ayer esta resolución de la AFIP, la FATIDA, con la firma de su Sec. General compañero Enrique Marano envío la siguiente comunicación que difundimos:

 Habiendo sido un motivo de gran preocupación de parte los trabajadores de los talleres de Obra y empresarios chicos y medianos (Pymes) de la industria gráfica y otros de la cadena de valor ligados a esta actividad, por la continuidad de los puestos de trabajo y aun de los propios empresarios afectados por la anterior Resolución 3749 AFIP, mucho nos complace poder enviar ahora la Resolución AFIP Nº 3793, que "prorroga hasta el 31 de marzo de 2016 la obligación de emitir factura electrónica por parte de los responsables inscriptos que se encontraban obligados a partir del 1/7/2015..." 
                                             Luego de muy intensas y repetidas gestiones, hechas a todo nivel, cuando ya se tenía la respuesta negativa de la AFIP y hasta de la ausencia sin aviso, ni justificativo, de la representación de ese alto organismo del Estado nacional,en la última reunión convocada por el Ministerio de Trabajo,  la semana pasada se hizo un último intento conjunto, al más alto nivel político, lo cual dio como resultado, haber obtenido que se dictara  esta nueva Resolución nº3793 AFIP.
                                             Cuando ya se estaban anunciando, suspensiones y hasta futuros despidos, previo declarar "la emergencia empresaria" de ley, con todas sus consecuencias para los trabajadores, se vino a obtener esta Resolución del mismo organismo que había dictado la anterior. Es el único mecanismo posible en estas circunstancias, ya que la actividad política en que se encuentra  todo el andamiaje electoral a todo nivel, hace imposible practicar otro camino resolutivo. 
                                             Vaya entonces esta Resolución que ya ha sido publicada en la fecha en el Boletín Oficial de la Nación, para ayudar a poner tranquilidad a tantos trabajadores/as gráficos que veían afectados a corto plazo sus puestos de trabajo. Sirva también, para poder los sindicatos, informar así  a los propietarios de los talleres que han venido indicando casi a diario, sus inquietudes sobre el caso y que incluso han estado llamando a esta Federación desde distintas provincias de todas las zonas componentes.

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3793 
Factura electrónica. Prórroga hasta el 31/3/2016 para Responsables Inscriptos y para determinados sujetos independientemente de su condición en el gravamen
 Se prorroga hasta el 31/3/2016 la obligación de emitir factura electrónica por parte de los responsables inscriptos que se encontraban obligados a partir del 1/7/2015 y de aquellos sujetos que independientemente de su condición en el gravamen también se encontraban obligados desde dicha fecha -RG(AFIP) 3749 títulos I y III-.

También se prorroga hasta el 31/3/2016 la obligación de emitir factura electrónica por parte de los sujetos que realicen las siguientes operaciones -RG(AFIP) 3779-: 
a) Operaciones relacionadas con los operadores del mercado lácteo por la "Liquidación Mensual Única - Comercial Impositiva" -RC (AFIP - SAGPyA) 3347-311/2012-. 
b) Operaciones relacionadas con la comercialización de tabaco por el "Comprobante de Compra Primaria para el Sector Tabacalero" -RG (AFIP) 3382-. 
c) Operaciones efectuadas por representantes de modelos, agencias de publicidad, de promociones, productoras y similares -RG (AFIP) 2863-.

 
JURISDICCIÓN:Nacional
ORGANISMO:Adm. Fed. Ingresos Públicos
FECHA:07/08/2015
BOL. OFICIAL:10/08/2015
VIGENCIA DESDE:10/08/2015