La Suprema
Corte de la Nación, por un caso originado en Salta, ha acordado que no es constitucional el artículo de la ley
23551 de Asociaciones Sindicales, por el cual, para ser elegido Delegado en un
lugar de trabajo, debe estar afiliado al gremio que corresponda.
Este es otro
precedente que se va creando, para perjudicar y debilitar a los sindicatos
argentinos, que son la libre expresión y creación de los trabajadores de las
diversas actividades. Con ese fin, apelan a cualquier recurso dialéctico o
a una consabida "cautelar" que están de moda, o también a
declarar la inconstitucionalidad de una ley o partes de ella.
Con tal doctrina,
los empresarios pueden ir presionando de diversas formas, de modo que los
delegados les sean afectos, pero que no estén afiliados a los
sindicatos. Será una forma de vaciamiento organizativo. Luego –para
guardar las formas– vendrían los sindicatos por empresa, como están en Chile y
los países del Pacífico.
Este es otro caso
de los repetidos intentos del neoliberalismo.
Por eso decimos
como el viejo dicho italiano "atenti al luppo" El
lobo anda suelto, queriendo formar otra manada, en cuanto la tenga,
vendrán por todos los derechos de los trabajadores y sus sindicatos.